Articulo 119 Código Estructural

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Artículo 119. Elaboración, transporte y suministro y puesta en obra del hormigón.

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La elaboración, transporte y suministro y puesta en obra del hormigón utilizado en las estructuras mixtas hormigón-acero estará sujeta, en lo referente a su ejecución, a lo establecido en los Artículos 51 a 54 del capítulo 11.