Articulo 117 atención a l...s derechos

Articulo 117 atención a las personas con discapacidad en Navarra y garantía de sus derechos

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Artículo 117. Procedimiento arbitral.

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El procedimiento arbitral en materia de accesibilidad universal se ajustará a lo previsto en el capítulo V del Real Decreto 1417/2006, de 1 de diciembre.