Articulo 116 Medidas urgentes para la ejecución del PRTR en materia de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo
Artículo 116. La evaluación del desempeño. Concepto y fines.
1. La evaluación del desempeño es el procedimiento mediante el cual anualmente se valora la conducta profesional y se mide el rendimiento o el logro de resultados de las empleadas y empleados públicos, con la finalidad de mejorar la productividad de las diferentes unidades y la calidad de los servicios públicos.
Dicha evaluación partirá de la planificación estratégica y tendrá en cuenta los recursos, objetivos y resultados de cada unidad o centro directivo como marco de valoración objetiva y objetivable.
2. La evaluación del desempeño tendrá que contribuir necesariamente a:
a) La consecución de los objetivos estratégicos de cada unidad y la motivación de las personas mediante su implicación en la consecución de los mismos.
b) El fomento del trabajo en equipo y las relaciones transversales e interorgánicas.
c) El desarrollo y promoción profesional de las empleadas y empleados públicos.
d) La mejora de la comunicación e intercambio de información.
e) La adquisición de nuevas competencias profesionales, mediante la identificación de las necesidades de formación y capacitación de las empleadas y empleados públicos.
f) La innovación y mejora continua de los procedimientos.
3. Serán objeto de negociación colectiva las normas que fijen los criterios y mecanismos generales en materia de evaluación del desempeño.