Articulo 114 Reforma del Estatuto de Autonomia para Andalucia
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»Artículo 114. Impacto de género.
En el procedimiento de elaboración de las leyes y disposiciones reglamentarias de la Comunidad Autónoma se tendrá en cuenta el impacto por razón de género del contenido de las mismas.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 20-03-2007 en vigor desde 20-03-2007