Articulo 112 Reforma del ... Andalucia

Articulo 112 Reforma del Estatuto de Autonomia para Andalucia

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 112. Potestad reglamentaria.

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Corresponde al Consejo de Gobierno de Andalucía la elaboración de reglamentos generales de las leyes de la Comunidad Autónoma.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 20-03-2007 en vigor desde 20-03-2007