Articulo 112 Ley de Sociedades de Capital
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»Artículo 112. Ineficacia de las transmisiones con infracción de ley o de los estatutos.
Las transmisiones de participaciones sociales que no se ajusten a lo previsto en la ley o, en su caso, a lo establecido en los estatutos no producirán efecto alguno frente a la sociedad.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 03-07-2010 en vigor desde 01-09-2010