Articulo 111 Código Estructural
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»Artículo 111. Generalidades.
Este capítulo prescribe los requisitos que deben cumplir los materiales utilizables en las estructuras mixtas hormigón-acero.
Los materiales y productos a emplear para las estructuras mixtas deberán ser conformes con lo indicado en este Código y, en particular, en los Capítulos 8 y 18 para los elementos de hormigón y de acero estructural, respectivamente.
Las propiedades de los elementos de conexión vienen definidas en el artículo 112.