Articulo 110 Reglamento d...r personal

Articulo 110 Reglamento de desarrollo de la LO 15/1999, de proteccion de datos de caracter personal

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Artículo 110. Auditoría.

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Los ficheros comprendidos en la presente sección se someterán, al menos cada dos años, a una auditoría interna o externa que verifique el cumplimiento del presente título.

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  • Texto Original. Publicado el 19-01-2008 en vigor desde 19-04-2008