Articulo 110 Medidas 1998 Fiscales, Administrativas y del Orden Social
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»Artículo 110. Modificación de la Ley 25/1990, de 20 de diciembre, del Medicamento.
Se da nueva redacción al apartado 1 del artículo 22 de la Ley 25/1990, de 20 de diciembre, del Medicamento, que quedará redactado como sigue:
«1. El Ministerio de Sanidad y Consumo, por razones sanitarias objetivas, podrá sujetar a reservas singulares la autorización de las especialidades farmacéuticas que así lo requieran por su naturaleza o características, así como las condiciones generales de prescripción y dispensación de las mismas o las específicas del Sistema Nacional de Salud.»
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-12-1998 en vigor desde 01-01-1999