Articulo 11 Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales
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»Artículo 11.
1. Serán ineficaces las normas de las Ordenanzas y Reglamentos ue contradijeren otras de superior jeraruía.
2. Sus disposiciones vincularán a los administrados y a la Corporación, sin que ésta pueda dispensar individualmente de la observancia.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 15-07-1955 en vigor desde 04-08-1955