Articulo 11 quater Ley de Sociedades de Capital
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»Artículo 11 quáter. Comunicaciones por medios electrónicos.
Las comunicaciones entre la sociedad y los socios, incluida la remisión de documentos, solicitudes e información, podrán realizarse por medios electrónicos siempre que dichas comunicaciones hubieran sido aceptadas por el socio. La sociedad habilitará, a través de la propia web corporativa, el correspondiente dispositivo de contacto con la sociedad que permita acreditar la fecha indubitada de la recepción así como el contenido de los mensajes electrónicos intercambiados entre socios y sociedad.
Modificaciones
- Modificación realizada (Se introduce el artículo 11 quáter ) por Ley 1/2012, de 22 de junio, de simplificación de las obligaciones de información y documentación de fusiones y escisiones de sociedades de capital.
(BOE de 23-06-2012) en vigor desde 24-06-2012 - Artículo modificado por Real Decreto-ley 9/2012, de 16 de marzo, de simplificación de las obligaciones de información y documentación de fusiones y escisiones de sociedades de capital.
(BOE de 17-03-2012) en vigor desde 18-03-2012