Articulo 11 Medidas de respuesta a consecuencias de la Guerra de Ucrania y transposición de Directivas en materia de sociedades y conciliación
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»Artículo 11. Impugnación del acuerdo.
No constituirán por sí solos, individual o conjuntamente, motivos de impugnación del acuerdo de modificación estructural, los siguientes:
1.º La compensación en efectivo ofrecida en el proyecto por la enajenación de las acciones, participaciones o cuotas de los socios fue fijada inadecuadamente;
2.º La relación de canje de las acciones, participaciones o cuotas fue fijada inadecuadamente; o
3.º La información facilitada sobre la compensación en efectivo o la relación de canje no cumplía los requisitos legales.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 29-06-2023 en vigor desde 30-06-2023