Articulo 11 Ley de Propiedad Intelectual

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Artículo 11. Obras derivadas.

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Sin perjuicio de los derechos de autor sobre la obra original, también son objeto de propiedad intelectual:

1.º Las traducciones y adaptaciones.

2.º Las revisiones, actualizaciones y anotaciones.

3.º Los compendios, resúmenes y extractos.

4.º Los arreglos musicales.

5.º Cualesquiera transformaciones de una obra literaria, artística o científica.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 22-04-1996 en vigor desde 23-04-1996