Articulo 108 Ley 40/2015, del Régimen Jurídico del Sector Público
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 108. Régimen presupuestario, de contabilidad y control económico-financiero.
Las entidades públicas empresariales aplicarán el régimen presupuestario, económico-financiero, de contabilidad y de control establecido en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 02-10-2015 en vigor desde 02-10-2016