Articulo 105 Ley Orgánica...r judicial

Articulo 105 Ley Orgánica del Poder judicial

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Articulo 105.

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El Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial es la primera autoridad judicial de la nación y ostenta la representación del Poder Judicial y del órgano de gobierno del mismo. Su categoría y honores serán los correspondientes al titular de uno de los tres poderes del Estado.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 02-07-1985 en vigor desde 03-07-1985