Articulo 102 Carrera militar

Articulo 102 Carrera militar

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 102. Nombramientos y ceses de oficiales generales.

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. El Consejo de Ministros determinará mediante acuerdo los cargos correspondientes a tenientes generales y generales de división cuyo nombramiento se efectuará por el propio Consejo de Ministros mediante real decreto, a propuesta del Ministro de Defensa.

2. El nombramiento y el cese de los demás cargos correspondientes a oficiales generales es competencia del Ministro de Defensa.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 20-11-2007 en vigor desde 01-01-2008