Articulo 10 Tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses
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»Artículo 10. Bonificaciones derivadas de la utilización de medios telemáticos.
Se establece una bonificación del 10 por ciento sobre la tasa por actividad judicial para los supuestos en que se utilicen medios telemáticos en la presentación de los escritos que originan la exigencia de la misma y en el resto de las comunicaciones con los juzgados y tribunales en los términos que establezca la ley que regula las mismas.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 21-11-2012 en vigor desde 22-11-2012