Articulo 1 Servicios elec... confianza

Articulo 1 Servicios electrónicos de confianza

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Artículo 1. Objeto de la Ley.

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La presente Ley tiene por objeto regular determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza, como complemento del Reglamento (UE) n.º 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014, relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior y por el que se deroga la Directiva 1999/93/CE.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 12-11-2020 en vigor desde 13-11-2020