Articulo 1 Ordenación del Sistema de Formación Profesional
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»Artículo 1. Objeto.
La presente disposición tiene por objeto el desarrollo de un sistema único e integrado de Formación Profesional regulado por la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 22-07-2023 en vigor desde 23-07-2023