Anexo �nico Transposición de directivas -bonos garantizados, inversión colectiva, datos e información del sector público, derechos de autor, exenciones a importaciones y suministros, personas consumidoras y vehículos limpios y eficientes-
ANEXO
Cuadro 3
Objetivos mínimos de contratación pública para la cuota de vehículos ligeros limpios con arreglo al cuadro 2 del artículo 88.4.a) en el número total de vehículos ligeros objeto de contratos contemplados en el artículo 87 a nivel nacional
Del 2 de agosto de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2025 | Del 1 de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2030 |
36,3% | 36,3% |
Cuadro 4
Objetivos mínimos de contratación pública para la cuota de vehículos pesados limpios en el número total de vehículos pesados objeto de los contratos contemplados en el artículo 87 a nivel nacional (*)
Camiones (categorías de vehículos N2 y N3) | Autobuses (categoría de vehículos M3) (*) | ||
Del 2 de agosto de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2025 | Del 1 de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2030 | Del 2 de agosto de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2025 | Del 1 de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2030 |
10% | 14 % | 45% | 65% |
(*) Debe alcanzarse la mitad del objetivo mínimo para la cuota de autobuses limpios mediante la contratación pública de autobuses de emisión cero, tal como se definen en el artículo 88, punto 5. Este requisito se reducirá a la cuarta parte del objetivo mínimo para el primer período de referencia, si más del 80 % de los autobuses objeto de la suma de todos los contratos contemplados en el artículo 87, formalizados durante ese período, son autobuses de dos pisos. |
- Texto Original. Publicado el 03-11-2021 en vigor desde 04-11-2021