Anexo 2 Ley de Contratos ...or Público

Anexo 2 Ley de Contratos del Sector Público

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ANEXO II. Lista de productos contemplados en el artículo 21.1.a) en lo que se refiere a los contratos de suministros adjudicados por los órganos de contratación del sector de la defensa

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CAPÍTULO 25:

Sal, azufre; tierras y piedras; yesos, cales y cementos.

CAPÍTULO 26:

Minerales, escorias y cenizas.

CAPÍTULO 27:

Combustibles minerales, aceites minerales y productos de su destilación; materias bituminosas, ceras minerales.

excepto:

ex ex 27.10: carburantes especiales.

CAPÍTULO 28:

Productos químicos inorgánicos; compuestos inorgánicos u orgánicos de los metales preciosos, de los elementos radiactivos, de los metales de las tierras raras o de isótopos.

excepto:.

ex ex 28.09: explosivos.

ex ex 28.13: explosivos.

ex ex 28.14: gases lacrimógenos.

ex ex 28.28: explosivos.

ex ex 28.32: explosivos.

ex ex 28.39: explosivos.

ex ex 28.50: productos toxicológicos.

ex ex 28.51: productos toxicológicos.

ex ex 28.54: explosivos.

CAPÍTULO 29:

Productos químicos orgánicos.

excepto:

ex ex 29.03: explosivos.

ex ex 29.04: explosivos.

ex ex 29.07: explosivos.

ex ex 29.08: explosivos.

ex ex 29.11: explosivos.

ex ex 29.12: explosivos.

ex ex 29.13: productos toxicológicos.

ex ex 29.14: productos toxicológicos.

ex ex 29.15: productos toxicológicos.

ex ex 29.21: productos toxicológicos.

ex ex 29.22: productos toxicológicos.

ex ex 29.23: productos toxicológicos.

ex ex 29.26: explosivos.

ex ex 29.27: productos toxicológicos.

ex ex 29.29: explosivos.

CAPÍTULO 30:

Productos farmacéuticos.

CAPÍTULO 31:

Abonos.

CAPÍTULO 32:

Extractos curtientes o tintóreos; taninos y sus derivados; pigmentos y demás materias colorantes; pinturas y barnices; mástiques; tintas.

CAPÍTULO 33:

Aceites esenciales y resinoides; preparaciones de perfumería, de tocador o de cosmética.

CAPÍTULO 34:

Jabones, operadores de superficie orgánicos, preparaciones para lavar, preparaciones lubricantes, ceras artificiales, ceras preparadas, productos de limpieza, velas y artículos similares, pastas para modelar, ceras para odontología y preparaciones para odontología a base de yeso.

CAPÍTULO 35:

Materias albuminóideas; colas; enzimas.

CAPÍTULO 37:

Productos fotográficos o cinematográficos.

CAPÍTULO 38:

Productos diversos de las industrias químicas

excepto:

ex ex 38.19: productos toxicológicos.

CAPÍTULO 39:

Materias plásticas, éteres y esteres de la celulosa, resinas artificiales y manufacturas de estas materias.

excepto:

ex ex 39.03: explosivos.

CAPÍTULO 40:

Caucho natural o sintético, caucho facticio y manufacturas de caucho.

excepto:

ex ex 40.11: neumáticos para automóviles.

CAPÍTULO 41:

Pieles (excepto la peletería) y cueros.

CAPÍTULO 42:

Manufacturas de cuero, artículos de guarnicionería o de talabartería; artículos de viaje, bolsos de mano y continentes similares; manufacturas de tripa.

CAPÍTULO 43:

Peletería y confecciones de peletería; peletería artificial o facticia.

CAPÍTULO 44:

Madera, carbón vegetal y manufacturas de madera.

CAPÍTULO 45:

Corcho y sus manufacturas.

CAPÍTULO 46:

Manufacturas de espartería o de cestería.

CAPÍTULO 47:

Materias destinadas a la fabricación de papel.

CAPÍTULO 48:

Papel y cartón; manufacturas de pasta de celulosa, de papel o de cartón.

CAPÍTULO 49:

Artículos de librería y productos de las artes gráficas.

CAPÍTULO 65:

Sombreros y demás tocados, y sus partes.

CAPÍTULO 66:

Paraguas, quitasoles, bastones, látigos, fustas y sus partes.

CAPÍTULO 67:

Plumas y plumón preparados y artículos de plumas o plumón; flores artificiales; manufacturas de cabello.

CAPÍTULO 68:

Manufacturas de piedra, yeso fraguable, cemento, amianto (asbesto), mica o materias análogas.

CAPÍTULO 69:

Productos cerámicos.

CAPÍTULO 70:

Vidrio y sus manufacturas.

CAPÍTULO 71:

Perlas finas, piedras preciosas o semipreciosas, metales preciosos, chapados de metal precioso (plaqué) y manufacturas de estas materias; bisutería.

CAPÍTULO 73:

Fundición, hierro y acero.

CAPÍTULO 74:

Cobre.

CAPÍTULO 75:

Níquel.

CAPÍTULO 76:

Aluminio.

CAPÍTULO 77:

Magnesio, berilio.

CAPÍTULO 78:

Plomo.

CAPÍTULO 79:

Cinc.

CAPÍTULO 80:

Estaño.

CAPÍTULO 81:

Otros metales comunes.

CAPÍTULO 82:

Herramientas, artículos de cuchillería y cubiertos de mesa, de metal común..

excepto:

ex ex 82.05: herramientas.

ex ex 82.07: piezas de herramientas.

CAPÍTULO 83:

Manufacturas diversas de metal común.

CAPÍTULO 84:

Calderas, máquinas, aparatos y artefactos mecánicos.

excepto:

ex ex 84.06: motores.

ex ex 84.08: los demás propulsores.

ex ex 84.45: máquinas.

ex ex 84.53: máquinas automáticas de tratamiento de la información.

ex ex 84.55: piezas del n.º 84.53.

ex ex 84.59: reactores nucleares.

CAPÍTULO 85:

Máquinas y aparatos eléctricos y objetos que sirvan para usos electrotécnicos.

excepto:

ex ex 85.13: telecomunicaciones.

ex ex 85.15: aparatos de transmisión.

CAPÍTULO 86:

Vehículos y material para vías férreas, aparatos de señalización no eléctricos para vías de comunicación.

excepto:.

ex ex 86.02: locomotoras blindadas.

ex ex 86.03: las demás locomotoras blindadas.

ex ex 86.05: vagones blindados.

ex ex 86.06: vagones taller.

ex ex 86.07: vagones.

CAPÍTULO 87:

Vehículos automóviles, tractores, velocípedos y demás vehículos terrestres.

excepto:.

ex ex 87.08: tanques y demás vehículos automóviles blindados.

ex ex 87.01: tractores.

ex ex 87.02: vehículos militares.

ex ex 87.03: vehículos para reparaciones.

ex ex 87.09: motocicletas.

ex ex 87.14: remolques.

CAPÍTULO 89:

Navegación marítima y fluvial.

excepto:.

ex ex 89.01A: barcos de guerra.

CAPÍTULO 90:

Instrumentos y aparatos de óptica, fotografía o cinematografía, de medida, control o de precisión; instrumentos y aparatos medicoquirúrgicos.

excepto:

ex ex 90.05: binoculares.

ex ex 90.13: instrumentos diversos, láser.

ex ex 90.14: telémetros.

ex ex 90.28: instrumentos de medida eléctricos o electrónicos.

ex ex 90.11: microscopios.

ex ex 90.17: instrumentos médicos.

ex ex 90.18: aparatos para mecanoterapia.

ex ex 90.19: aparatos para ortopedia.

ex ex 90.20: aparatos de rayos X.

CAPÍTULO 91:

Fabricación de relojes.

CAPÍTULO 92:

Instrumentos musicales, aparatos de grabación o reproducción de sonido, aparatos de grabación o reproducción de imágenes y sonido en televisión, y las partes y accesorios de estos aparatos.

CAPÍTULO 94:

Muebles; mobiliario medicoquirúrgico; artículos de cama y similares

excepto:

ex ex 94.01A: asientos para aeronaves.

CAPÍTULO 95:

Materias para tallar o moldear, trabajadas (incluidas las manufacturas).

CAPÍTULO 96:

Manufacturas de cepillería, brochas y pinceles, escobas, borlas, tamices, cedazos y cribas.

CAPÍTULO 98:

Mercancías y productos diversos.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 09-11-2017 en vigor desde 09-03-2018