Última revisión
laboral
1790 - ¿Cuáles son los requisitos de acceso a la cuota reducida por inicio de actividad de 80 euros para autónomos?
Relacionados:
Vademecum: laboral
Fecha última revisión: 31/07/2024
Con las modificaciones operadas por el Real Decreto-ley 13/2022, se establece una reducción a la cotización por inicio de una actividad por cuenta propia durante el periodo comprendido entre los años 2023 y 2025. La cuantía de la cuota reducida será de 80 euros mensuales hasta la finalización de los primeros veinticuatro meses naturales completos, y de 160 euros a partir del mes vigesimoquinto. A partir del año 2026, el importe de dichas cuotas será fijado por la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada ejercicio.
El art. 38 ter a la LETA establece una reducción a la cotización por inicio de una actividad por cuenta propia durante el periodo comprendido entre los años 2023 y 2025.
La cuantía de la cuota reducida será de 80 euros mensuales. Cuando los trabajadores por cuenta propia o autónomos tengan un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, o sean víctimas de violencia de género o víctimas de terrorismo (supuestos previstos en el art. 38 ter 10 de la LETA), la cuantía de la cuota reducida será, entre los años 2023 y 2025, de 80 euros mensuales hasta la finalización de los primeros veinticuatro meses naturales completos, y de 160 euros a partir del mes vigesimoquinto.
A partir del año 2026, el importe de dichas cuotas será fijado por la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada ejercicio.
A modo esquemático, y recogiendo las novedades establecidas con anterioridad a su entrada en vigor por el
CUESTIÓN
¿Qué requisitos deben cumplir los autónomos para acceder a las reducciones y bonificaciones?
Con carácter general se establecen tres requisitos:
- Estar al corriente de pago con la Seguridad Social.
- No tener deudas con la Agencia Tributaria.
- Cumplir con los requisitos específicos que cada reducción o bonificación fije para su concesión y mantenimiento.