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3650 - ¿Cómo es el procedimiento para interponer el recurso de queja en el orden social?
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Vademecum: laboral
Fecha última revisión: 18/09/2024
El recurso de queja en el orden social tiene por finalidad impugnar las resoluciones que denieguen la tramitación del recurso de suplicación, interponiéndose en el plazo de diez días desde que se notificó la resolución que deniega la tramitación del precitado recurso. El órgano encargado de su conocimiento será el mismo que debía conocer el recurso no tramitado y, a nivel procedimental, se requiere acompañar el recurso con una copia de la resolución denegatoria recurrida.
Se cita en el artículo 189 de la LRJS que nos remite a la LEC para su tramitación.
De esta forma, aplicaremos el precepto 494 de la LEC para formular este tipo de recurso, que se podrá interponer contra los autos en los que el tribunal que haya dictado la resolución denegare la tramitación de un recurso de suplicación, extraordinario por infracción procesal o de casación. El recurso de queja se tramitará y resolverá con carácter preferente.
El procedimiento, a seguir conforme al artículo 495 de la LEC, se iniciará mediante la interposición del recurso de queja ante el órgano al que corresponda resolver el recurso no tramitado, en un plazo de diez días desde la notificación de la resolución que deniega la tramitación de un recurso de suplicación, extraordinario por infracción procesal o de casación. Deberá acompañarse copia de la resolución recurrida.
Una vez presentado, el tribunal resolverá sobre él en el plazo de cinco días. Si considerase bien denegada la tramitación del recurso, mandará ponerlo en conocimiento del tribunal correspondiente para que conste en los autos. Si la estimase mal denegada, ordenará a dicho tribunal que continúe con la tramitación.
Contra el auto que resuelva el recurso de queja no cabrá recurso alguno.
De manera esquemática:
REGULACIÓN | Art. 189 de la LRJS. |
ACTOS RECURRIBLES | AUTOS. |
EFECTOS | DEVOLUTIVO (se interpone ante el superior jerárquico). |
TRIBUNAL QUE DICTA LA RESOLUCIÓN QUE SE QUIERE RECURRIR | TRIBUNAL QUE DICTE EL AUTO QUE DENIEGUE ALGÚN RECURSO DE LOS CITADOS. |
TRIBUNAL QUE RESUELVE EL RECURSO | - SALAS DE LO SOCIAL DE LOS TSJ. - SALA DE LO SOCIAL DEL TS. |
INTERPOSICIÓN | Se interpondrá ante el órgano al que corresponda resolver el recurso no tramitado, en el plazo de DIEZ DÍAS desde la notificación de la resolución a recurrir. |