Bases de cotización para ...ad social 
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Última revisión
09/09/2021

laboral

2150 - Bases de cotización para contingencias comunes en el régimen general de la seguridad social 

Tiempo de lectura: 2 min

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Fecha última revisión: 09/09/2021


Las bases mensuales de cotización para todas las contingencias y situaciones protegidas por el Régimen General de la Seguridad Social, exceptuadas las de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, estarán limitadas, para cada grupo de categorías profesionales, por las bases mínimas y máximas siguientes desde 01/01/2021 ?cantidades provisionales hasta la publicación del salario mínimo interprofesional para el año 2021?:

Grupo de cotización

Categorías profesionales

Bases mínimas

?

Euros/mes

Bases máximas

?

Euros/mes

1

Ingenieros y Licenciados. Personal de alta dirección no incluido en el artículo 1.3.c) del Estatuto de los Trabajadores

1.466,40

4.070,10

2

Ingenieros Técnicos, Peritos y Ayudantes Titulados

1.215,90

4.070,10

3

Jefes Administrativos y de Taller

1.057,80

4.070,10

4

Ayudantes no Titulados

1.050,00

4.070,10

5

Oficiales Administrativos

1.050,00

4.070,10

6

Subalternos

1.050,00

4.070,10

7

Auxiliares Administrativos

1.050,00

4.070,10

..

..

Bases mínimas
euros/día

Bases mínimas
euros/día

8


Oficiales de primera y segunda

35,00

135,67

9

Oficiales de tercera y Especialistas

35,00

135,67

10

Peones

35,00

135,67

11

Trabajadores menores de dieciocho años, cualquiera que sea su categoría profesional

35,00

135,67

A TENER EN CUENTA. 

Grupos de 1 al 7: la base de cotización tendrá carácter mensual y cotizarán siempre por 30 días.
Grupos de 8 al 11: la base de cotización será diaria y cotizarán por días naturales que tenga el mes que se liquida (28, 29, 30 o 31 días).
Grupos de 8 al 11 con remuneración mensual: se permite la homologación de las bases y topes de cotización a 30 días durante los 12 meses del año.
Tope máximo de las bases de cotización en el régimen general de la seguridad social: 4.070,10 euros/mes.
Tope mínimo de las bases de cotización en el régimen general de la seguridad social: 1.050,00 euros/mes.