¿Cómo es la acción protec...del hogar?
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Última revisión
25/09/2024

laboral

¿Cómo es la acción protectora del régimen especial de empleados del hogar?

Tiempo de lectura: 1 min

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Vademecum: laboral

Fecha última revisión: 25/09/2024

Resumen:

El Régimen Especial de Empleados de Hogar (REEH) ofrece diversas prestaciones relacionadas con la seguridad social para aquellos trabajadores que estén incluidos en dicho régimen. Entre las prestaciones encontramos las ya conocidas como incapacidad temporal, maternidad/paternidad, riesgo durante el embarazo y durante la lactancia, incapacidad permanente, jubilación, muerte y supervivencia, desempleo, prestaciones familiares y cuidado de menores afectados por enfermedades graves. 


Los trabajadores incluidos en el Sistema Especial para Empleados de Hogar tendrán derecho a las prestaciones de la Seguridad Social en los términos y condiciones establecidos en este Régimen General de la Seguridad Social, con las peculiaridades establecidas en el art. 251 de la LGSS. Esto supone que tendrán derecho a las siguientes prestaciones:

 

 

 

 

 

 

 

Prestaciones en el REEH

 ..

Mismas condiciones que RGSS

1. Incapacidad temporal:

SÍ (particularidades).

2. Nacimiento y cuidado de menor:

SÍ.

3. Riesgo durante el embarazo y durante la lactancia:

SÍ.

4. Incapacidad permanente:

SÍ  (particularidades).

5. Jubilación:

SÍ  (particularidades).

6. Muerte y supervivencia:

 Auxilio por defunción.

 

 SÍ.

 Viudedad.

 Prestación temporal de viudedad.

 Pensión de orfandad.

 Pensión vitalicia o, en su caso, subsidio temporal a favor de familiares.

 Muerte causada por accidente de trabajo o enfermedad.

7. Contingencias profesionales:

8. Desempleo:

SÍ (con efectos desde el 01/10/2022, fecha en la que entra en vigor la obligación de cotización por la contingencia de desempleo respecto a los trabajadores incluidos en el Sistema Especial para Empleados de Hogar).

9. Prestaciones familiares:

SÍ.

10. Cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave:

SÍ.