Última revisión
laboral
Esquema de valoración de igualdad retributiva entre mujeres y hombres
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Vademecum: laboral
Fecha última revisión: 30/03/2023
El artículo 28 del Estatuto de los Trabajadores y el 1 del Real Decreto 902/2020 de igualdad retributiva entre mujeres y hombres establecen la valoración del puesto de trabajo. El empresario está obligado a pagar por la prestación de un trabajo de igual valor la misma retribución, satisfecha directa o indirectamente. Un trabajo tendrá igual valor que otro cuando la naturaleza de las funciones o tareas efectivamente encomendadas, las condiciones educativas, profesionales o de formación exigidas para su ejercicio, los factores estrictamente relacionados con su desempeño y las condiciones laborales en las que dichas actividades se llevan a cabo en realidad sean equivalentes. El empresario también está obligado a llevar un registro con los valores medios de los salarios por sexo.