chevron_leftchevron_right
chevron_leftchevron_right
Última revisión
laboral
Esquema de deudas reclamables en el procedimiento monitorio laboral según el Articulo 101 de la Ley 36/2011
Texto
Relacionados:
Voces
Marginales
Formularios
Esquemas
Legislación
Vademecum: laboral
Fecha última revisión: 25/01/2024
Resumen:
El artículo 101 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, establece la posibilidad de reclamación por el procedimiento monitorio laboral por cantidades vencidas, exigibles y de cuantía determinada, derivadas de la relación laboral entre el empleado y el empleador, siempre que dichas cantidades no excedan de seis mil euros.