Última revisión
laboral
Esquema que explica y matiza el llamado accidente en misión que puede darse en el ámbito laboral
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Fecha última revisión: 12/02/2024
Tendrán consideración de accidente de trabajo ordinario, conforme el art. 156 de la LGSS, el sufrido por el trabajador en el trayecto que debe recorrer «por consecuencia» de su trabajo, bien en el desempeño de sus funciones (la jurisprudencia ha hablado en este caso del «amplio lugar de trabajo en el que la víctima llevaba a cabo su cometido de promotor de ventas»), bien en cumplimiento de órdenes o indicaciones ocasionales del empresario (por ejemplo, incorporación a su destino de capitán de buque), con independencia del medio de transporte. Además de ello, el esquema cita una sentencia del Tribunal Supremo (n.º 104/2017, de 7 de febrero de 2017, ECLI:ES:TS:2017:813) en la que matiza que no todo lo que suceda «durante la misión» tendrá una conexión directa con el trabajo.