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Vulneración del derecho al olvido. Sentencia Tribunal Constitucional, Sala primera, Nº 58/2018, Recurso de amparo 2096/2016, de 04 de Junio de 2018
Texto
Relacionados:
Voces
Marginales
Legislación
Orden: Constitucional
Fecha: 04 de Junio de 2018
Tribunal: Tribunal Constitucional
Ponente: BALAGUER CALLEJON, MARIA LUISA
Nº de sentencia: 58/2018
Núm. Ecli: ES:TC:2018:58
Resumen:
Vulneración del derecho al olvido recogido en el Reglamento General de Protección de DatosEl Constitucional estima que, el uso de nombres propios como criterio de búsqueda y localización de noticias en una hemeroteca digital puede vulnerar el derecho al olvido recogido en el artículo 17 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).“La prohibición de indexar los datos personales, en concreto los nombres y los apellidos de las personas recurrentes, para su uso por el motor de búsqueda interno de El País debe ser limitada, idónea, necesaria y proporcionada al fin de evitar una difusión de la noticia lesiva de los derechos invocados”.La sentencia del TC finaliza exponiendo que, debe tenerse en cuenta que los motores de búsqueda internos de los sitios web cumplen la función de permitir el hallazgo y la divulgación de la noticia y que esa función queda garantizada aunque se suprima la posibilidad de efectuar la búsqueda acudiendo al nombre y apellidos de las personas en cuestión, que no tienen relevancia pública alguna.Por tanto, “siempre será posible si existe una finalidad investigadora en la búsqueda de información alejada del mero interés periodístico en la persona investigada, localizar la noticia mediante una búsqueda temática, temporal, geográfica o de cualquier otro tipo”.Concluyendo que, no son necesarios los datos personales de los solicitantes del amparo, que nada agregan al interés de la noticia, bastando las iniciales del nombre y los apellidos.
Encabezamiento
ECLI:ES:TC:2018:58
La Sala Primera del Tribunal Constitucional, compuesta por don Juan José González Rivas, Presidente, don Andrés Ollero Tassara, don Santiago Martínez-Vares García, don Cándido Conde-Pumpido Tourón, Magistrados, y doña María Luisa Balaguer Callejón, Magistrada, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
SENTENCIA
En el recurso de amparo núm. 2096-2016, promovido por D.F.C. y M.F.C....