Sentencia Social Tribunal...e del 2000

Última revisión
13/10/2000

Sentencia Social Tribunal Superior de Justicia de Galicia . Sala de lo Social, Rec. 2395/1997 de 13 de octubre del 2000

Tiempo de lectura: 8 min

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Orden: Social

Fecha: 13 de Octubre de 2000

Tribunal: TSJ Galicia

Ponente: DOMINGUEZ LOPEZ, MANUEL

Núm. Cendoj: 15030340012000100154

Núm. Ecli: ES:TSJGAL:2000:7928

Núm. Roj: STSJ GAL 7928/2000

Resumen:
Aduce el actor el articulo 124 y 128 Ley General de Seguridad Social argumentando que una vez requerido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social para ponerse al corriente en el pago con concesión de un plazo de treinta días a tales efectos, y solicitado de Tesorería General de Seguridad Social el fraccionamiento y aplazamiento de las cuotas impagadas, ha de estimarse que el actor se encuentra al corriente de pago, aunque solo sea fuera de plazo, y reconocérsele el subsidio aunque sea minorado en el 20% como se le informo por la gestora.Procede estimar el recurso y con revocación de la resolución recurrida se acoge la demanda rectora de los autos. 

Fundamentos

      DOÑA MARÍA ASUNCIÓN BARRIO CALLE SECRETARIO DE LA SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE GALICIA,

CERTIFICO: Que en el recurso de Suplicación del que luego se hará mención, se ha dictado por esta Sala la siguiente Resolución:

 

Recurso núm. 2.395/97

BCQ

 

ILMO. SR. D. JOSÉ Mª CABANAS GANCEDO

 PRESIDENTE

ILMO. SR. D. MANUEL DOMÍNGUEZ LÓPEZ

ILMA. SRA. Dª RAFAELA HORCAS BALLESTEROS

 

A Cor...