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Sentencia Constitucional Nº 165/2020, Tribunal Constitucional, Sala Segunda, Recurso de amparo 4425/2018 de 16 de noviembre del 2020
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Voces
Marginales
Legislación
Orden: Constitucional
Fecha: 16 de Noviembre de 2020
Tribunal: JD Alicante/Alacant
Ponente: ENRIQUEZ SANCHO, RICARDO
Nº de sentencia: 165/2020
Núm. Ecli: ES:TC:2020:165
Resumen:
Promovido por doña Sara Calvo Juan respecto de la sentencia dictada por un juzgado de lo contencioso-administrativo de Madrid que desestimó su demanda por responsabilidad patrimonial de la administración sanitaria.Vulneración de los derechos a la tutela judicial efectiva y a un proceso con todas las garantías: desestimación de la pretensión indemnizatoria que no atiende al incumplimiento por la administración sanitaria del deber de custodia de la prueba principal.El marido de la recurrente en amparo se personó en el centro de salud del municipio de Torrelodones (Madrid) con síntomas de lo que finalmente resultó ser un infarto de miocardio. De ahí fue derivado al Hospital Universitario Puerta de Hierro de Majadahonda (Madrid), donde falleció al cabo de diecinueve días. La viuda e hija solicitaron del Servicio Madrileño de Salud el abono de una indemnización por daños morales, alegando una atención tardía en el tratamiento del infarto. La pretensión indemnizatoria fue denegada en vía administrativa y contenciosa al resolver la contradicción entre los informes médicos en favor de aquellos que concluían que el tratamiento había sido adecuado.Se estima el amparo y se declaran vulnerados los derechos a la tutela judicial efectiva y a un proceso con todas las garantías, en su faceta de principio de igualdad de armas procesales. El Tribunal aplicando la doctrina constitucional sobre el principio de facilidad probatoria, concluye que la recurrente, al no poder acreditar con una prueba fiable que su padre fallecido sufrió un infarto, quedó indefensa para probar en juicio el sustrato fáctico de su pretensión indemnizatoria. Era la administración sanitaria quien, al ser poseedora del material probatorio relevante (dos electrocardiogramas realizados al difunto en el centro de salud y que evidenciaban que estaba sufriendo un infarto), asumía un deber de custodia que no satisfizo. Al extraviar esa documentación impidió a la demandante probar aquello que a su derecho convenía. Esta conducta irregular contraviene el deber de buena fe y probidad procesal y no puede beneficiar a quien actuó negligentemente.
Encabezamiento
La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por la magistrada doña Encarnación Roca Trías, presidenta; los magistrados don Juan Antonio Xiol Ríos, don Pedro José González-Trevijano Sánchez, don Antonio Narváez Rodríguez y don Ricardo Enríquez Sancho, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
SENTENCIA
En el recurso de amparo núm. 4425-2018, promovido por doña Sara C...