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Sentencia ADMINISTRATIVO Nº 303/2020, Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Sección 5, Rec 871/2019 de 02 de Marzo de 2020
Texto
Relacionados:
Voces
Marginales
Legislación
Orden: Administrativo
Fecha: 02 de Marzo de 2020
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: HUERTA GARICANO, INES MARIA
Nº de sentencia: 303/2020
Núm. Cendoj: 28079130052020100064
Núm. Ecli: ES:TS:2020:801
Núm. Roj: STS 801:2020
Resumen:
La mera existencia de antecedentes policiales, en general, no es obstáculo para obtener la autorización de residencia por arraigo social (art. 124.2 Reglamento de Extranjería, aprobado por Real Decreto 557/11), salvo que por su número, frecuencia o naturaleza evidencien que el solicitante representa un potencial peligro para el 'orden público' o la 'seguridad pública', tal como ha sido interpretado por el TJUE.
Encabezamiento
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Contencioso-Administrativo
Sección Quinta
Sentencia núm. 303/2020
Fecha de sentencia: 02/03/2020
Tipo de procedimiento: R. CASACION
Número del procedimiento: 871/2019
Fallo/Acuerdo:
Fecha de Votación y Fallo: 25/02/2020
Ponente: Excma. Sra. D.ª Inés Huerta Garicano
Procedencia: T.S.J.ANDALUCIA CON/AD SEC.4
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Marí...