Sentencia Social Tribunal...o del 2000

Última revisión
18/02/2000

Sentencia Social Tribunal Superior de Justicia de Galicia . Sala de lo Social, Rec. 5544/1996 de 18 de febrero del 2000

Tiempo de lectura: 11 min

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Orden: Social

Fecha: 18 de Febrero de 2000

Tribunal: TSJ Galicia

Ponente: GARCIA AMOR, ANTONIO JOSE

Núm. Cendoj: 15030340012000103473

Núm. Ecli: ES:TSJGAL:2000:963

Núm. Roj: STSJ GAL 963/2000

Resumen:
La  afiliada  en fecha 6 de mayo de 1982, formuló solicitud de pensión de jubilación ante la Entidad Gestora demanda, que fue denegada como consecuencia de cursar de oficio su baja en el Régimen Especial de Empleadas de Hogar, por parte de la Tesorería General de la Seguridad Social, por considerar indebida su afiliación por razón de parentesco./ Que por el Juzgado de lo Social se dictó sentencia en fecha 27 de mayo de 1995, estimando la demanda deducida y declarando que la baja de la actora en el Régimen Especial de Empleadas de Hogar, debe ser anulada por las razones expuestas en los fundamentos de la sentencia, y condenando a la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, a reconocer dicha alta y la cotización, como debida, a todos los efectos, dicha sentencia ha sido recurrida por la Entidad Gestora, y, confirmada por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, mediante sentencia de fecha 10 de octubre de 1995./ El 13-11-92 instó la revisión de su expediente de Jubilación, que fue desestimada por no hallarse en situación de alta o asimilada; disconforme, formuló reclamación previa y demanda. La sentencia de 10-10-95 de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ratificó la anterior. El 5-7-95 solicitó jubilación; en principio denegada, fue reconocida por acuerdo de 19-12-95 en cuantía líquida mensual de 30.580 pesetas y efectos económicos desde el 6-4-95.   

Fundamentos

DONA MARIA SOCORRO BAZARRA VARELA SECRETARIO DE LA SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE GALICIA,

CERTIFICO: Que en el recurso de Suplicación del que luego se hará mención, se ha dictado por esta Sala la siguiente Resolución:

 

Recurso núm. 5544/96

MRA

 

ILMO. SR. D. LUIS F. DE CASTRO FERNÁNDEZ

 PRESIDENTE

ILMO. SR. D. MIGUEL A. CADENAS SOBREIRA

ILMO. SR. D. ANTONIO J. GARCIA AMOR 

 

A Coruñ...