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Sentencia Social Tribunal Superior de Justicia de Galicia . Sala de lo Social, Rec. 1282/1998 de 22 de junio del 2001
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Voces
Marginales
Legislación
Orden: Social
Fecha: 22 de Junio de 2001
Tribunal: TSJ Galicia
Ponente: RON CURIEL, RICARDO
Núm. Cendoj: 15030340012001100540
Núm. Ecli: ES:TSJGAL:2001:5133
Núm. Roj: STSJ GAL 5133/2001
Resumen:
La codemandada doña Rosalía C viene trabajando, como empleada de hogar, en el domicilio del demandante, calle Puente 40, de Lalín, desde el 10 de marzo de 1989. Además, trabaja como empleada de hogar para otra persona, ajena a la litis. En razón de estos servicios está dada de alta en el Régimen Especial de Empleados de Hogar, desde el 1 de abril de dicho año; habiendo cotizado hasta la actualidad a tal Régimen. Dos del Real Decreto 1425/85, de 1 de agosto. En definitiva, los servicios que la codemandada, doña Rosalía C, viene prestando -para el demandante y otro cabeza de familia-, a efectos de afiliación a la Seguridad Social, no puede tener otro encuadramiento que en el Régimen Especial de Empleados de Hogar, por imperio de lo normado en el art. 6.b) del Decreto de 25 de septiembre de 1969 y art. 49 del Real Decreto 84/96 de 26 de enero, y art. 10.2. e) de la Ley General de la Seguridad Social.Se desestima el recurso.
Fundamentos
D. Juan Luis Guisasola Bustillo, Secretario de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.
CERTIFICO: Que en el recurso de Suplicación del que luego se hará mención se ha dictado por esta Sala la siguiente resolución:
Recurso n° 1282/98
(HPB)
ILMO. SR. D. ANTONIO GONZÁLEZ NIETO
PRESIDENTE
ILMO. SR. D. ANTONIO J. OUTEIRIÑO FUENTE
ILMO. SR. D. RICARDO RON CURIEL
A Coruña, a veintid...