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Sentencia Social Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 2390/2008 de 22 de Junio de 2009
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Voces
Marginales
Legislación
Orden: Social
Fecha: 22 de Junio de 2009
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: MARTINEZ GARRIDO, LUIS RAMON
Núm. Cendoj: 28079140012009100501
Núm. Ecli: ES:TS:2009:4800
Núm. Roj: STS 4800/2009
Resumen:
Recurso de casación para la unificación de doctrina contra la sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, en suplicación, con fecha 8 de mayo de 2008, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. 9 de los de Valencia, de fecha 1 de marzo de 2007.Régimen Especial de Trabajadores Autónomos: maternidad; es situación asimilada a la de alta la baja producida dentro de los 90 días naturales anteriores al hecho causante; supuesto posterior a la entrada en vigor del Real Decreto 1251/2001, de 16 de noviembre.Se discute si debe o no apreciarse la existencia de situación asimilada a la de alta a efectos de la prestación por maternidad en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos en el supuesto de la baja producida dentro de los 90 días naturales anteriores al hecho causante; habiéndose producido éste con posterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto 1251/1002, de 16 de noviembre. El Tribunal Supremo, en base a la doctrina previa, contesta afirmativamente.La STS de 22 de junio de 2009, siguiendo doctrina previa (SSTS de 25 de junio y 5 de diciembre de 2008 y 21 de abril y 12 de mayo de 2009), reitera que debe admitirse la existencia de situación asimilada a la de alta a efectos de la prestación por maternidad en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos en el supuesto de la baja producida dentro de los 90 días naturales anteriores al hecho causante y, en consecuencia, el reconocimiento del derecho a la citada prestación, puesto que el art. 5.6 del Real Decreto 1251/2001, de 16 de noviembre, por el que se regula las prestacions económicas del sistema de la Seguridad Social por maternidad y riesgo durante el embarazo, mantiene la aplicación de los arts. 29.1 del Decreto 2530/1970, de 20 de agosto, por el que se regula el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos y 36.1.15 del Reglamento sobre inscripción de empresas y afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social, posibilitan la consideración como situación asimilada a la de alta de cualesquiera otras situaciones que se prevean reglamentariamente.
Fundamentos
SENTENCIA
Número de Recurso: 2390/2008
Procedimiento: SOCIAL
SENTENCIA
En la Villa de Madrid, a veintidós de Junio de dos mil nueve
Vistos los autos pendientes ante la Sala en virtud de recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el Letrado de la Administración de la Seguridad Social, en la representación que ostenta del INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, contra sen...