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Sentencia Social Nº 7136/2013, Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 2181/2013 de 04 de Noviembre de 2013
Texto
Relacionados:
Voces
Marginales
Legislación
Orden: Social
Fecha: 04 de Noviembre de 2013
Tribunal: TSJ Cataluña
Ponente: GAN BUSTO, MARIA DEL MAR
Nº de sentencia: 7136/2013
Núm. Cendoj: 08019340012013107275
Núm. Ecli: ES:TSJCAT:2013:11052
Resumen
PREVENCIÓN DE RIESGOS. DEBER DE PROTECCION. No es el trabajador quien debe organizar el trabajo y se atribuye en exclusiva al empresario la ' dirección y control de la actividad laboral ' ( art. 20 ET ), imponiendo a éste el cumplimiento del ' deber de protección ' mediante el que deberá garantizar la seguridad y salud de los trabajadores a su servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo,e incluso, aunque concierte con entidades especializadas en prevención complementaria, ello no le exime ' del cumplimiento de su deber en esta materia, sin perjuicio de las acciones que pueda ejercitar, en su caso, contra cualquier otra persona ' ( art. 14.2 y 4 LPRL ) -- y, en suma, preceptuarse que ' la efectividad de las medidas preventivas deberá prever las distracciones o imprudencias no temerarias que pudiera cometer el trabajador ' ( art. 15.4 LPRL ).
Voces
Valoración de la prueba
Prueba documental
Sana crítica
Negligencia del trabajador
Accidente laboral
Categoría profesional
Declaración del testigo
Recargo de prestaciones
Error en la valoración de la prueba
Empresa contratista
Medidas de seguridad en el trabajo
Práctica de la prueba
Riesgos laborales
Prevención de riesgos laborales
Daños y perjuicios
Condiciones de trabajo
Control de la actividad laboral
Daño efectivo
Deber empresarial de protección
Lesividad
Falta de medidas de seguridad