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Sentencia SOCIAL Nº 485/2018, Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 3535/2016 de 09 de Mayo de 2018
Texto
Relacionados:
Voces
Marginales
Legislación
Orden: Social
Fecha: 09 de Mayo de 2018
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: BLASCO PELLICER, ANGEL ANTONIO
Nº de sentencia: 485/2018
Núm. Cendoj: 28079140012018100438
Núm. Ecli: ES:TS:2018:1856
Núm. Roj: STS 1856:2018
Resumen
EMACSA. Responsabilidad solidaria de la empresa principal respecto de las obligaciones salariales de la empresa contratista durante la vigencia de la contrata: procede. Pertenece a la propia actividad de la empresa municipal, dedicada a la gestión integral de los recursos hídricos, la ejecución de obras, la realización de acometidas y la reparación de averías en las redes de abastecimiento, alcantarillado y saneamiento del agua. Reitera doctrina STS nº 148/2018, de 21 de febrero (rcud. 251/2016).
Voces
Categoría profesional
Pagas extraordinarias
Vacaciones
Salarios adeudados
Subcontratista
Intervención de abogado
Empresa principal
Empresa contratista
Seguridad jurídica
Contratas y subcontratas
Prevención de riesgos laborales
Obligaciones del contratista
Cuenta de depósitos y consignaciones