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Sentencia Social Nº 1011/2016, Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 141/2015 de 30 de Noviembre de 2016
Texto
Relacionados:
Voces
Marginales
Legislación
Orden: Social
Fecha: 30 de Noviembre de 2016
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: SEGOVIANO ASTABURUAGA, MARIA LUISA
Nº de sentencia: 1011/2016
Núm. Cendoj: 28079140012016100951
Núm. Ecli: ES:TS:2016:5454
Núm. Roj: STS 5454:2016
Resumen
NAVANTIA SA, Impugnación del IV Convenio Colectivo de empresa por CCOO y CIG. La sentencia de instancia anula el Convenio porque fue negociado por quien carecía de legitimación: El Comité Intercentros. El III Convenio Colectivo de Navantia SA, en el apartado duodécimo, efectúa remisión y, subsiguiente aplicación, de lo dispuesto en el XXI Convenio Colectivo de Bazán, -creación de Comité Intercentros- únicamente respecto a los centros de trabajo de Ferrol, Cartagena y San Fernando y a las Oficinas Centrales y la empresa Navantia SA cuenta con siete centros de trabajo. No ha quedado acreditado que el Comité Intercentros fuera designado por los comités de los siete centros de trabajo de la empresa, habiendo sido designado por los sindicatos. Se desestima el recurso de la empresa.
Voces
Convenio colectivo
Comité de empresa
Comité intercentros
Centro de trabajo
Sindicatos
Comisión negociadora
Impugnación de convenios colectivos
Buena fe
Falta de legitimación pasiva
Intervención de abogado
Convenio colectivo aplicable
Elecciones a representante sindical
Representación de los trabajadores
Delegado de personal
Representación unitaria
Falta de legitimación
Convenio colectivo de empresa
Indivisibilidad
Negociación colectiva