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Guarda y custodia compartida. Violencia de género. Sentencia del Tribunal Supremo de 04 de febrero de 2016, núm. 36/2016, Sección 1. Recurso número 3016/2014
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Marginales
Legislación
Comentario
Orden: Civil
Fecha: 04 de Febrero de 2016
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: SEIJAS QUINTANA, JOSE ANTONIO
Nº de sentencia: 36/2016
Núm. Cendoj: 28079110012016100010
Núm. Ecli: ES:TS:2016:188
Núm. Roj: STS 188:2016
Resumen:
Guarda y custodia compartida. Existencia de violencia de géneroInclusión en el rollo del TS de sentencia condenatoria por violencia de género del progenitor en primera instancia no custodio.Se reitera la doctrina jurisprudencial de que la custodia compartida conlleva como premisa la necesidad de que entre los padres exista una relación de mutuo respeto en sus relaciones personales que permita la adopción actitudes y conductas que beneficien al menor, que no perturben su desarrollo emocional y que pese a la ruptura afectiva de los progenitores se mantenga un marco familiar de referencia que sustente un crecimiento armónico de su personalidad
Encabezamiento
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Civil