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Sentencia Constitucional Nº 58/2009, Tribunal Constitucional, Sala segunda, Recurso de amparo 7914/2005, de 09 de marzo de 2009
Texto
Relacionados:
Voces
Marginales
Legislación
Orden: Constitucional
Fecha: 09 de Marzo de 2009
Tribunal: JD Alicante/Alacant
Nº de sentencia: 58/2009
Resumen:
Una sociedad mercantil interpuso recurso contencioso-administrativo contra la resolución sancionadora dictada por la Delegación del Gobierno de la Comunidad de Madrid ante un Juzgado de lo Contencioso-Administrativo. Dicho órgano judicial dictó Sentencia desestimando el recurso sin examinar la caducidad del expediente sancionador alegada por la empresa en el acto de la vista. El Juzgado consideró que ésta constituía una cuestión nueva, nunca antes alegada en la vía administrativa y, por tanto, imposible de ser examinada ex novo en la jurisdiccional, dada la naturaleza revisora de la jurisdicción contencioso-administrativa.La Sentencia otorga amparo en aplicación de la doctrina constitucional que rechaza toda aplicación de las leyes que conduzca a negar el derecho a la tutela judicial, con quebranto del principio pro actione (SSTC 158/2005 y 75/2008). El hecho de que la sociedad mercantil alegara la caducidad del expediente sancionador en el acto de vista por primera vez no autoriza al Juzgado a omitir un pronunciamiento de fondo sobre este extremo ni causa indefensión a la Administración demandada en el proceso. La Sentencia impugnada rechazó el examen de la caducidad con fundamento en una concepción del carácter revisor de la jurisdicción contencioso-administrativa excesivamente rígida y mediante una interpretación de los requisitos procesales contraria a lo establecido por los arts. 56.1 y 78.4 y 6 LJCA.
Fundamentos
La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por don Guillermo Jiménez Sánchez, Presidente, don Vicente Conde Martín de Hijas, don Eugeni Gay Montalvo, don Ramón Rodríguez Arribas y don Pascual Sala Sánchez, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
SENTENCIA
En el recurso de amparo núm. 7914-2005, promovido por Piscinas Meco, S.L., representada por el Procurador de los Tribunales don Lu...