Sentencia Administrativo ...io de 2012

Última revisión
12/12/2023

Sentencia Administrativo Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Sección 5, Rec 5435/2009 de 20 de Julio de 2012

Tiempo de lectura: 26 min

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Orden: Administrativo

Fecha: 20 de Julio de 2012

Tribunal: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso-Administrativo

Ponente: FERNANDEZ VALVERDE, RAFAEL

Núm. Cendoj: 28079130052012100528

Núm. Ecli: ES:TS:2012:5539

Resumen:
MODIFICACIÓN DE CONDICIONES DE AUTORIZACIÓN DE VERTIDOS DE AGUAS RESIDUALES URBANAS AL DOMINIO PÚBLICO MARÍTIMO TERRESTRE.- Inexistencia de incongruencia omisiva.- Se desestima el Recurso de Casación interpuesto contra sentencia desestimatoria de la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (sede en Sevilla), sobre impugnación de Ac uerdo sobre modificación de autorización de vertido de aguas residuales urbanas al dominio público marítimo-terrestre.La Sala declara que no existe la incongruencia omisiva que se alega por la empresa recurrente, pues en la sentencia de instancia se desestima la pretensión subsidiaria formulada en la demanda por las razones que se exponen en su fundamento jurídico cuarto, básicamente porque no se contempla en la Ley Autonómica de Andalucía 18/2003, que determina la inclusión en las zonas declaradas sensibles del fósforo total y del nitrógeno total para el cobro del Impuesto sobre vertidos a las aguas litorales, "ningún período transitorio", sin que su vigencia se haga depender del plazo de siete años establecido para la implantación del nuevo y más riguroso sistema de tratamiento de las aguas residuales", y no es necesario una respuesta explícita y pormenorizada a todas las alegaciones o argumentaciones de las partes.

Encabezamiento

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a veinte de Julio de dos mil doce.

Visto por la Sala Tercera (Sección Quinta) del Tribunal Supremo el Recurso de Casación 5435/2009 interpuesto por la EMPRESA METROPOLITANA DE ABASTECIMIENTO Y SANEAMIENTO DE AGUAS DE SEVILLA, S. A., representada por la Procuradora Dª. Rosina Montes Agustí y asistida de Letrado; siendo parte recurrida la JUNTA DE ANDALUCÍA , represent...