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Sentencia Administrativo Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Sección 5, Rec 2505/2013 de 13 de Mayo de 2015
Texto
Relacionados:
Voces
Marginales
Legislación
Orden: Administrativo
Fecha: 13 de Mayo de 2015
Tribunal: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso-Administrativo
Ponente: NAVARRO SANCHIS, FRANCISCO JOSE
Núm. Cendoj: 28079130052015100170
Núm. Ecli: ES:TS:2015:2249
Núm. Roj: STS 2249:2015
Resumen
Procede haber lugar al recurso de casación porque la sentencia considera, de forma indebida, que está insuficientemente motivado el acto administrativo recurrido, consistente en la denegación de la autorización para ocupación de un monte a efectos de explotación de una cantera. No es aplicable el artículo 54.1.c) de la Ley 30/1992, sobre falta de motivación, ya que el acto de decisión no se aparta de lo dictaminado por un órgano consultivo, sino del criterio técnico de un ingeniero que informó favorablemente, en sentido opuesto a como lo hizo el Director Conservador del Parque Natural en que se enclava el terreno. Aunque se cita por la sentencia la motivación por remisión o in aliunde, en realidad, tanto el informe a que se remite el acto como el contenido de éste mismo expresan suficientemente las razones por las que se deniega la autorización, dada la incompatibilidad con los valores medioambientales que se pretenden proteger y que determinaron la inclusión del terreno donde se explotaba la cantera dentro del ámbito del Parque Natural de la Sierra de Huétor.
Voces
Falta de motivación
Parque Natural
Montes
Retroactividad
Silencio administrativo positivo
Retroacción de actuaciones
Jurisdicción contencioso-administrativa
Expropiación especial
Buena fe procesal
Medios de prueba
Causa de inadmisión
Acto administrativo impugnado
Ordenación del territorio
Nulidad de pleno derecho
Derecho subjetivo
Interés legitimo
Anulación de la sentencia
Recursos naturales
Indefensión
Interés particular