Orden: Administrativo
Fecha: 20 de Diciembre de 2004
Tribunal: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso-Administrativo
Ponente: ROBLES FERNANDEZ, MARGARITA
Nº de sentencia: S/S
Núm. Cendoj: 28079130062004100594
Resumen
Estima el TS el recurso interpuesto que se centra en dilucidar si existió nexo causal entre las lesiones causadas al hijo de los recurrentes y una acción u omisión imputable a la Administración educativa, circunstancia negada por la sentencia de instancia.En este caso, se acredita que el menor sufrió un daño como consecuencia de una caída al intentar huir de otros compañeros de cursos superiores que pretendían gastarle una novatada, por lo que cabe entender que el daño se produce en el recinto escolar y por unos hechos que no se hubieran producido de haber mediado mayor cuidado del Centro o Profesor responsables, que han de velar para que no se produzcan acciones de tal naturaleza. Considerando que el niño sufrió un daño como consecuencia de una caída al intentar huir de otros compañeros de cursos superiores que pretendían gastarle una novatada; cabe entender que el daño se produce en el recinto escolar, y por unos hechos que no se hubieran producido de haber recibido mayor cuidado del centro o profesor responsable que ha de velar para que no se produzcan acciones de tal naturaleza". En definitiva pues, las lesiones y secuelas ocasionadas al menor tienen su origen en la primera caída al ser perseguido por sus compañeros de Instituto que no fue evitada por los responsables del Centro y que le generó unas lesiones y fallos en la pierna derecha que fueron los que determinaron la segunda caída que le agudizó las lesiones padecidas. Debe pues considerase la existencia de un nexo causal que comporta la responsabilidad de la Administración y consiguientemente la estimación del recurso de casación articulado.
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