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Sentencia ADMINISTRATIVO Nº 1548/2020, Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Sección 2, Rec 5201/2019 de 19 de Noviembre de 2020
Texto
Relacionados:
Voces
Marginales
Legislación
Orden: Administrativo
Fecha: 19 de Noviembre de 2020
Tribunal: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso-Administrativo
Ponente: AGUALLO AVILÉS, ANGEL
Nº de sentencia: 1548/2020
Núm. Cendoj: 28079130022020100672
Núm. Ecli: ES:TS:2020:4451
Núm. Roj: STS 4451:2020
Resumen
Las Autoridades Portuarias están legitimadas activamente para impugnar aquellas resoluciones del TEAC que les afecten, con las limitaciones reseñadas.Artículo 241.3 con relación al artículo 232, ambos de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. Artículo 20, c) de Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Artículo 24, apartados 1, 3 y 8 del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.
Voces
Puertos
Interés casacional
Falta de legitimación activa
Jurisdicción contencioso-administrativa
Legitimación activa
Seguridad jurídica
Administración local
Organismos públicos
Capacidad de obrar
Dominio público portuario
Capacidad jurídica
Interés legitimo
Causa de inadmisión
Mala fe
Retroacción de actuaciones