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Se reconoce el correo electrónico como prueba documental. Sentencia SOCIAL Nº 706/2020, Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Rec 239/2018 de 23 de Julio de 2020
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Legislación
Comentario
Orden: Social
Fecha: 23 de Julio de 2020
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: GARCIA-ATANCE, JUAN MOLINS
Nº de sentencia: 706/2020
Núm. Cendoj: 28079149912020100028
Núm. Ecli: ES:TS:2020:2925
Núm. Roj: STS 2925:2020
Resumen:
Eficacia revisora casacional de los correos electrónicosPrevia valoración de su autenticidad al igual que como sucede con los documentos privados, en base al actual avance tecnológico y su incidencia directa sobre los documentos presentados a juicio a través de soportes electrónicos, la Sala IV atribuye naturaleza de prueba documental a los correos electrónicos.
Encabezamiento
Fecha de sentencia: 23/07/2020
Tipo de procedimiento: CASACION
Número del procedimiento: 239/2018
Fallo/Acuerdo:
Fecha de Votación y Fallo: 15/07/2020
Ponente: Excmo. Sr. D. Juan Molins García-Atance
Procedencia: T.S.J. CATALUÑA SOCIAL
Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. Santiago Rivera Jiménez
Transcrito por: MCP...