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Modificación de pensión alimenticia. Nacimiento de hijos de una relación posterior. Reitera Doctrina. Sentencia del Tribunal Supremo de 1 de febrero de 2017, número 61/2017, Sección 1. Recurso número 1928/2016
Texto
Relacionados:
Voces
Marginales
Legislación
Comentario
Orden: Civil
Fecha: 01 de Febrero de 2017
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: SEIJAS QUINTANA, JOSE ANTONIO
Nº de sentencia: 61/2017
Núm. Cendoj: 28079110012017100056
Núm. Ecli: ES:TS:2017:320
Núm. Roj: STS 320:2017
Resumen
Modificación de pensión de alimentos tras nacimiento de hijos en relaciones posteriores. Reiteración de doctrina.Se reitera la doctrina de que: "el nacimiento de nuevos hijos fruto de una relación posterior, no supone, por sí solo, causa suficiente para dar lugar a la modificación de las pensiones alimenticias establecidas a favor de los hijos de una anterior relación, sino que es preciso conocer si la capacidad patrimonial o medios económicos del alimentante es insuficiente para hacer frente a esta obligación ya impuesta y a la que resulta de las necesidades de los hijos nacidos con posterioridad"Reitera la doctrina establecida en la Modificación de medidas. Nacimiento de hijos de una relación posterior. Fija Doctrina. Sentencia del T. S. de 30-04-2013, núm. 250/2013, Sección 1. Rec.núm. 988/2012
Voces
Pensión por alimentos
Alimentante
Medidas paterno-filiales
Necesidades de los hijos
Relaciones paterno-filiales
Crédito preferente
Uniones de hecho
Venta al por menor
Modificación de pensión alimenticia