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Legitimación del progenitor con el que convivan hijos mayores de edad para reclamar alimentos del otro progenitor. Fija doctrina. Sentencia del T. S. de 24-04-2000, núm. 411/2000, Sección 1. Rec.núm. 4618/1999
Texto
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Voces
Marginales
Legislación
Comentario
Orden: Civil
Fecha: 24 de Abril de 2000
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: GONZALEZ POVEDA, PEDRO
Nº de sentencia: 411/2000
Núm. Cendoj: 28079110012000101651
Núm. Ecli: ES:TS:2000:3422
Núm. Roj: STS 3422:2000
Resumen
Alimentos. Hijos mayores de edad. Legitimación del progenitor con el que convivan.Se declara (estableciéndose como doctrina) que el cónyuge con el cual conviven hijos mayores de edad que carecieran de ingresos propios están legitimados para reclamar de su cónyuge en los proce-sos matrimoniales, alimentos en concepto de contribución a su sostenimiento.Esta doctrina ha sido reiterada en múltiples sentencias, a título de ejemplo, Legitimación del progenitor convivente en lo que se refiere a los alimentos del hijo mayor de edad. Reitera doctrina. Sentencia del T. S. de 07-03-2017, núm. 156/2017, Sección 1. Rec.núm. 217/2015 o Sentencia Civil Nº 700/2014, TS, Sala de lo Civil, Sec. 1, Rec 1839/2013, 21-11-2014
Voces
Hijo mayor de edad
Interés legitimo
Procesos matrimoniales
Mayor de dieciocho años
Alimentos del hijo
Tutela
Representación legal
Ingresos propios
Escrito de interposición
Familia monoparental
Pensión por alimentos
Divorcio
Nulidad matrimonial
Acción de nulidad
Efectos civiles
Derecho a la tutela judicial efectiva
Indefensión
Disolución del matrimonio