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Pensión alimenticia. Momento de eficacia de la medida. Sentencia del Tribunal Supremo de 26 de marzo de 2014, número 162/2014, Sección 1ª. Recurso número 1088/2013
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Legislación
Comentario
Orden: Civil
Fecha: 26 de Marzo de 2014
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: SEIJAS QUINTANA, JOSE ANTONIO
Nº de sentencia: 162/2014
Núm. Cendoj: 28079110012014100137
Núm. Ecli: ES:TS:2014:1111
Núm. Roj: STS 1111/2014
Resumen:
Pensión de alimentos. Momento de eficacia de la medidaSe fija como doctrina que "cada resolución desplegará su eficacia desde la fecha en que se dicte y será solo la primera resolución que fije la pensión de alimentos la que podrá imponer el pago desde la fecha de la interposición de la demanda, porque hasta esa fecha no estaba determinada la obligación, y las restantes resoluciones serán eficaces desde que se dicten, momento en que sustituyen a las citadas anteriormente"
Encabezamiento
En la Villa de Madrid, a veintiséis de Marzo de dos mil catorce.
Visto por la Sala Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Magistrados al margen indicados, el recurso de casación contra la sentencia dictada en grado de apelación por la Sección 22º de la Audiencia Provincial de Madrid, como consecuencia de autos de juicio de divorcio nº 21/2009 seguidos ante el Juzgado de Primera In...