Sentencia Constitucional ...junio 2007

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Sentencia Constitucional Nº 144/2007, Tribunal Constitucional, Sala primera, Recurso de amparo 3877/2004, de 18 de junio 2007

Tiempo de lectura: 74 min

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Orden: Constitucional

Fecha: 18 de Junio de 2007

Tribunal: JD Alicante/Alacant

Nº de sentencia: 144/2007

Resumen:
La motivación por remisión realizada por la Sala para apreciar el carácter habitual en la operación de venta de 23 viviendas realizada a lo largo de tres meses del ejercicio 1996, y por tanto, excluir la aplicación del art. 104.3.4 LIVA, permite conocer con suficiente grado de precisión la ratio decidendi de la resolución. En este sentido, la desestimación de la pretensión anulatoria de las liquidaciones de IVA de los ejercicios 1996 y 1997 invocada por la sociedad ha obtenido una respuesta fundada en derecho aunque la Sala emplee la fórmula de hacer suyos en su integridad los razonamientos del Abogado del Estado ?que a su vez reproduce los motivos desestimatorios del TEA- al quedar incorporados por remisión a la resolución judicial.Solución distinta merece la incongruencia ex silentio de la sentencia y el posterior auto de la Sala, desestimatorio del complemento de sentencia solicitado, al dejar imprejuzgada una alegación sustancial planteada tanto en la demanda como posteriormente en el escrito de conclusiones: la existencia de dos sectores diferenciados de actividad a los que debía aplicarse independientemente el régimen de deducción del IVA. Su apreciación hubiese determinado la anulación de las liquidaciones provisionales en concepto de IVA al suponer una reducción significativa sobre el IVA soportado.Finalmente, desde la perspectiva de la subsidiariedad del amparo, debe señalarse que la respuesta de la Sala al incidente de complemento de sentencia ex art. 215 LEC mediante una resolución que la entidad mercantil consideraba a su vez incongruente no debe conducir a la inadmisión del amparo por falta de agotamiento de la vía judicial. Ello es así porque resulta razonable que la sociedad albergara fundadas dudas respecto a los remedios procesales a los que acudir y decidiera no utilizarlos ante el riesgo de incurrir en extemporaneidad.

Fundamentos

La Sala Primera del Tribunal Constitucional, compuesta por doña María Emilia Casas Baamonde, Presidenta, don Javier Delgado Barrio, don Roberto García-Calvo y Montiel, don Jorge Rodríguez-Zapata Pérez, don Manuel Aragón Reyes y don Pablo Pérez Tremps, Magistrados, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

SENTENCIA

En el recurso de amparo núm. 3877-2004, promovido por la entidad mercantil Edificio...