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1130 - ¿Cuáles son los efectos comunes de la nulidad matrimonial, la separación y el divorcio?
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Vademecum: familia
Fecha última revisión: 03/06/2024
El CC regula los efectos generales de la nulidad, separación y divorcio matrimonial, entre los que se incluyen consecuencias entre los cónyuges, en la relación con sus hijos y en la propiedad. Algunos efectos no aplican a la nulidad matrimonial, como la pensión compensatoria.
Tanto la nulidad, como la separación y el divorcio de un matrimonio provocan una serie de consecuencias de índole variada, como, por ejemplo, consecuencias entre los cónyuges, en la relación de estos con sus hijos y, también, con las cosas que comparten (vivienda, bienes, etc.).
Además de los efectos particulares que provocan cada una de las llamadas «crisis del matrimonio», existen una serie de efectos comunes, regulados en los artículos 90 a 101 del Código Civil. Por regla general, todos estos efectos se producen en las tres instituciones, aunque existe alguna excepción, por ejemplo, la pensión compensatoria del artículo 97 del Código Civil no se aplica a la nulidad matrimonial.